¿Cómo puedo interponer un Recurso de Revisión?

Puedes interponer un Recurso de Revisión ante el IAIP Chiapas, ya sea por ti mismo o a través de un representante legal. Te ofrecemos las siguientes alternativas:

1. Registra en la PNT

Registra tu Recurso de Revisión a través de la Plataforma Nacional de Transparencia

2. Entrega personal

Acude a las oficinas del IAIP y entrega tu Recurso de Revisión.

3. Envía por email

Envía por correo electrónico tu Recurso de Revisión a la siguiente dirección de correo electrónico: juridico@iaipchiapas.org.mx

Deberás presentar el Recurso de Revisión dentro de los 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada, o a partir del momento en que hayan transcurrido los términos establecidos para dar contestación. Para este caso, debes acompañar al Recurso con el documento que pruebe la fecha en que presentaste la solicitud.

¿Qué datos debe contener?

El Recurso de Revisión debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar dirigido al Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas;
  • Incluir tu nombre y, en su caso, el de tu representante legal o mandatario, acompañado del documento que acredite su personalidad, y el nombre del tercero interesado si lo hubiere;
  • El domicilio o medio electrónico para oír y recibir notificaciones y en su caso, a quien en tu nombre autorices para oírlas y recibirlas; en caso de no haberlo señalado, aún las de carácter personal se harán por estrados;
  • Precisar el acto o resolución impugnada y la autoridad responsable del mismo;
  • Señalar la fecha en que se te notificó el acto o resolución que impugnas, excepto en los casos en que el Sujeto Obligado no dé una respuesta;
  • Mencionar los hechos en que se funde la impugnación, los agravios que te cause el acto o resolución impugnada; y
  • Acompañar copia de la resolución o acto que se impugna y de la notificación correspondiente. Cuando se trate de solicitudes que no se resolvieron en tiempo, anexa copia de la iniciación del trámite.

Adicionalmente, se podrán anexar las pruebas, y demás elementos que consideres procedente hacer del conocimiento del IAIP. En el caso de que no cumplas con alguno de los requisitos mencionados, el Instituto, en un plazo no mayor a 3 días, te prevendrá para que en un periodo de 5 días hábiles corrijas las irregularidades encontradas.